Micelio

Artículo 1

Nómbrase Ministros Del Despacho Ejecutivo Así: Ministro De Gobierno: Doctor Alfonso Gómez Gómez

Decreto 2222 de 1983 · Por el cual se nombran Ministros de Despacho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Nómbrase Ministros del Despacho Ejecutivo así: Ministro de Gobierno: doctor Alfonso Gómez Gómez. Ministro de Relaciones Exteriores: doctor Rodrigo Lloreda Caicedo. Ministro de Justicia: doctor Rodrigo Lara Bonilla. Ministro de Hacienda y Crédito Público: doctor Edgar Gutiérrez. Castro Ministro de Defensa Nacional: General Fernando Landazábal Reyes. Ministro de Agricultura: doctor Gustavo Castro Guerrero. Ministro de Trabajo y Seguridad Social: doctor Guillermo Alberto González M. Ministro de Salud doctor; Jaime Arias Ramírez. Ministro de Desarrollo Económico: doctor Rodrigo Marín Bernal. Ministro de Minas y Energía: doctor Carlos Martínez Simahán. Ministro de Educación Nacional: doctor Rodrigo Escobar Navia. Ministro de Comunicaciones: doctor Bernardo Ramírez Rodríguez. Ministro de Obras Públicas y Transporte: doctor Hernán Beltz Peralta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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