Micelio

Artículo 21

Actualización Extraordinaria

Decreto 1974 de 2013 · por el cual se establece el procedimiento para la expedición y actualización del Plan Nacional de Gestión del Riesgo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Actualización extraordinaria. El Plan Nacional de Gestión del Riesgo podrá someterse a actualizaciones extraordinarias, tanto en su componente general como en el programático cuando se presente una de las siguientes situaciones

a)

Modificaciones en el marco nacional e internacional sobre la política de gestión del riesgo de desastres;

b)

Modificaciones en la estructura del Estado y/o instituciones de gobierno que impliquen cambios en las competencias y responsabilidades de las mismas; c. declaratoria de situación de desastre nacional. CAPÍTULO VI Financiamiento del Plan Nacional de Gestión del Riesgo

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1974 de 2013