Dirección para las Mujeres en Actividades Sexuales Pagas . Son funciones de la Dirección para las Mujeres en Actividades Sexuales Pagas, las siguientes
Adoptar, diseñar e implementar lineamientos y rutas de atención para la garantía de los derechos de las mujeres en actividades sexuales pagas en cualquiera de sus modalidades.
Identificar y poner en marcha estrategias que generen oportunidades laborales y de autonomía económica para las mujeres en actividades sexuales pagas.
Adelantar análisis, estudios e investigaciones en temas de su competencia, en coordinación y articulación con la Oficina de Saberes y Conocimientos Estratégicos, siguiendo los lineamientos institucionales, técnicos y normativos fijados por el Ministerio.
Coordinar con el Ministerio de Salud y Protección Social, el diseño de estrategias para la promoción, prevención, protección y atención primaria en salud de las mujeres en actividades sexuales pagas.
Formular e implementar, en coordinación con las instancias nacionales competentes, programas de formación y capacitación diferenciada para las mujeres en actividades sexuales pagas, con base en la normativa vigente.
Analizar y presentar propuestas normativas, en coordinación con la Oficina Jurídica, asociadas a temas de competencia de la Dirección.
Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Dirección.