Micelio

Artículo 21

Dirección Técnica De Información Y Tecnología

Decreto 4902 de 2007 · por el cual se aprueba la modificación de estructura del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección Técnica de Información y Tecnología. Las funciones de la Dirección Técnica de Información y Tecnología son las siguientes

1.

Diseñar y poner en operación un modelo de gestión de la Información que soporte y oriente todos los procesos gerenciales de la entidad tanto internamente (planificación, presupuesto, seguimiento y evaluación) como externamente (asignación de subsidios, asistencia técnica, coordinación regional, definición de operadores, entre otros).

2.

Establecer y supervisar la administración del Registro Unico de operadores y de Entidades Prestadoras de Servicios de Asistencia Técnica para asegurar la capacidad de respuesta de la entidad a la demanda de la población y las regiones potencialmente beneficiarias.

3.

Elaborar y presentar a la gerencia general, al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y a la ciudadanía los informes periódicos de gestión y resultados, y responder por las estadísticas institucionales.

4.

Dirigir el desarrollo, control y mantenimiento de los sistemas de información, la plataforma tecnológica y el modelo de gestión de la información para garantizar la adecuada producción, administración, acceso y uso de datos como soporte al ciclo de gestión e intervención de la entidad.

5.

Definir mecanismos de control de calidad de la información y garantizar la seguridad de las bases de datos del Sistema.

6.

Mantener actualizada la información de Sistema Nacional de Desarrollo Rural.

7.

Supervisar los contratos de mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de comunicación y computadores.

8.

Supervisar los contratos que se suscriban para implementar el manejo de la información del Sistema Nacional de Desarrollo Rural.

9.

Diseñar controles y mecanismos tendientes al aseguramiento de la información del sistema.

10.

Asesorar, socializar y capacitar a las Direcciones Territoriales en todos los procesos relacionados con información y tecnología.

11.

Consolidar y analizar los requerimientos de información y su alineación con el plan estratégico general, los objetivos y los instrumentos de las diferentes áreas.

12.

Formular el plan estratégico de información y tecnología.

13.

Construir los planes de acción anuales dentro del plan estratégico de información y tecnología.

14.

Elaborar el presupuesto que se requiere para implementar el plan estratégico de información y tecnología.

15.

Realizar el lanzamiento del plan estratégico de información y tecnología a nivel nacional y departamental.

16.

Implementar el plan estratégico de información y tecnología en sus diferentes componentes (hardware, software, capacitación, soporte, presupuesto, entre otros).

17.

Hacer seguimiento a la implementación del plan estratégico de información y tecnología.

18.

Evaluar la efectividad de las acciones de capacitación en cultura y competencias de información y tecnología.

19.

Participar en el proceso de programación de metas de la Subgerencia.

20.

Realizar seguimiento a las metas programadas en la Subgerencia.

21.

Las demás que le sean asignadas y las que por su naturaleza le correspondan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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