Autorizase al Gobierno Nacional que gestione con el Banco Popular, S. A., el otorgamiento de.créditos a cinco (5) años de plazo y a un tipo de interés no mayor del seis por ciento (6%) anual, para los damnificados por el incendio ocurrido en la ciudad de Neiva el diez (10) de septiembre de 1950, cuyo patrimonio no exceda de cien mil pesos ($ 100.000.00).
Ley 40 de 1960 →Vigente
Artículo 2
Ley 40 de 1960 · Sobre auxilios por calamidad pública al Municipio de Neiva
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.