Micelio

Artículo 18

Ley 35 de 1944 · Por la cual se provee a la liquidación del Presupuesto de Rentas y Apropiaciones de 1945, se autorizan unas operaciones financieras y se dictan otras disposiciones fiscales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las entidades públicas o privadas que reciban auxilios del Tesoro Nacional están obligadas a rendir a la Contraloría General de la República cuenta comprobada de la inversión que dieren a tales auxilios; pero no están obligadas a incluír en esas cuentas los demás ingresos ni egresos que tengan dichas entidades sin perjuicio de la supervigilancia ejercitada por el Estado sobre las instituciones de utilidad común, conforme a la Constitución y leyes de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 35 de 1944