Vigencia. El presente decreto entrará en vigencia dos (2) meses después de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga todas las demás disposiciones que le sean contrarias.
Decreto 1499 de 2014 →Vigente
Artículo 12
Vigencia
Decreto 1499 de 2014 · por el cual se reglamentan las ventas que utilizan métodos no tradicionales y las ventas a distancia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.