El personal determinado en el artículo anterior será aumentado por decretos posteriores, a medida que las necesidades de la Sección lo requieran. En la misma forma se crearán las oficinas subalternas de que trata el artículo 9º de la Ley 65 de 1936.
Decreto 3145 de 1936 →Vigente
Artículo 14
El Personal Determinado En El Artículo Anterior Será Aumentado Por Decretos Posteriores, A Medida Que Las Necesidades De La Sección Lo Requieran
Decreto 3145 de 1936 · Por el cual se reglamenta la Ley 65 de 1936, sobre abastecimiento de agua potable a los Municipios de la República y sobre creación de la Sección Especial de Acueductos en el Ministerio de Obras Públicas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.