De La Contribución A Los Centros De Atención Integral Al Preescolar
Decreto 1084 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación.
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
De la contribución a los centros de atención integral al preescolar. La contribución que se pagará en los centros de atención integral al pre- escolar por el servicio prestado a cada niño, será fijada por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en una escala de porcentajes elaborada con base en la relación entre el ingreso familiar y el salario mínimo vigente en la región donde se preste el servicio.
Los huérfanos menores de 7 años y los hijos de los desempleados y de los trabajadores que devenguen el salario mínimo recibirán el servicio en forma gratuita en los centros de atención integral al pre-escolar.
(Decreto 626 de 1975, artículo 22)
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.