Micelio

Artículo 1

º Con Ocasión De La Visita Pastoral De Su Santidad El Papa Juan Pablo Ii, Autorizase A Los Alcaldes De Las Ciudades De Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Bucaramanga, Cartagena, Popayán, Pereira, Chiquinquirá, Tumaco Y Chinchiná Para Declarar Como Cívicos Los Días En Que El Santo Padre Permanezca En Cada Una De Sus Jurisdicciones

Decreto 2025 de 1986 · por el cual se concede una autorización.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Con ocasión de la visita pastoral de su Santidad el Papa Juan Pablo II, autorizase a los Alcaldes de las ciudades de Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Bucaramanga, Cartagena, Popayán, Pereira, Chiquinquirá, Tumaco y Chinchiná para declarar como cívicos los días en que el Santo Padre permanezca en cada una de sus jurisdicciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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