Artículo Séptimo. De conformidad con el Artículo 59 de la Ley 179 del 30 de diciembre de 1994, el Ministerio de Salud en coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, efectuará los traslados presupuestales que posibliten el cumplimiento de lo estipulado en el presente Decreto, a fin de garantizar la continuidad en la prestación de los servicios de prevención y control de las enfermedades transmitidas por vectores, cuyas funciones vienen siendo realizadas por la Unidad Administrativa Especial de Campañas Directas del Ministerio de Salud.
Artículo 59
De La Ley 179 Del 30 De Diciembre De 1994, El Ministerio De Salud En Coordinación Con El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Efectuará Los Traslados Presupuestales Que Posibliten El Cumplimiento De Lo Estipulado En El Presente Decreto, A Fin De Garantizar La Continuidad En La Prestación De Los Servicios De Prevención Y Control De Las Enfermedades Transmitidas Por Vectores, Cuyas Funciones Vienen Siendo Realizadas Por La Unidad Administrativa Especial De Campañas Directas Del Ministerio De Salud
Decreto 2318 de 1995 · por el cual se modifica la Planta de Personal del Ministerio de Salud.
El texto del artículo
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Historia constitucional
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