Micelio

Artículo 9

Los Ingenieros De Vuelo Alféreces De Reserva De Segunda Clase De A Fuerza Aérea Podrán Ascender Dentro Del Mismo Escalafón Al Grado De Subteniente, Si Reúnen Los Requisitos Establecidos En Los Artículos 4° Y 5° De Este Decreto

Decreto 1557 de 1973 · por el cual incorporan a las Reservas de Oficiales de la Fuerza área Colombiana a los Ingenieros de Vuelo de empresas Aéreas nacionales de transponte público.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los Ingenieros de Vuelo Alféreces de Reserva de Segunda Clase de a Fuerza aérea podrán ascender dentro del mismo Escalafón al grado de Subteniente, si reúnen los requisitos establecidos en los artículos 4° y 5° de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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