° Créase el Comité Interinstitucional para la Defensa, Protección y Promoción de los Derechos de la Niñez y la Juventud, el cual estará integrado de la siguiente manera
El Presidente de la República, o su delegado, quien lo presidirá.
El Ministro de Gobierno, o su delegado.
El Ministro de Justicia, o su delegado.
El Ministro de Educación Nacional, o su delegado.
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, o su delegado.
El Ministro de Salud, o su delegado.
El Ministro de Comunicaciones, o su delegado.
El jefe del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado.
El Director General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, o su delegado.
El Director General del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, Coldeportes, o su delegado.
Podrán asistir a las reuniones del Comité, como invitados, representantes de la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos, de la Procuraduría Delegada para la Defensa del Menor y la Familia, del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, Unicef, y de otras entidades públicas o privadas cuya presencia se considere conveniente o necesaria para el desarrollo de los programas orientados a la defensa, protección y promoción de los derechos humanos de la niñez y de la juventud. La Consejería Presidencial para la Defensa, Protección y Promoción de los Derechos Humanos, ejercerá las funciones de Secretaría Técnica del Comité y coordinará el cumplimiento de sus funciones.