Micelio

Artículo 16

Dentro Del Año Siguiente A La Terminación Del Período De Práctica, El Funcionario Deberá Ser Trasladado A Un Cargo En El Exterior, En El Ramo Diplomático O En El Consular, En La Categoría Que Le Corresponda

Decreto 1745 de 1983 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos extraordinarios 2016 y 2017 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dentro del año siguiente a la terminación del período de práctica, el funcionario deberá ser trasladado a un cargo en el exterior, en el ramo diplomático o en el consular, en la categoría que le corresponda. Los traslados se harán para proveer cargos vacantes definitivamente, y si no los hubiere, la autoridad nominadora reemplazará aquellos funcionarios que ocupen cargos de las categorías correspondientes y que no estén escalafonados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1745 de 1983