Micelio

Artículo 50

Atención Y Orientación

Decreto 4634 de 2011 · por el cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y restitución de tierras a las víctimas pertenecientesal pueblo Rrom o Gitano.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Atención y orientación. La atención y orientación de las víctimas de que trata el presente Decreto debe estar dirigida a garantizar y facilitar el acceso y cualificar el ejercicio de los derechos a la verdad, justicia y reparación por parte de las mismas, así como a proteger la cultura y respetar sus usos y costumbres. Para el caso de víctimas que no hablen el castellano, los entes territoriales formularán estrategias para proveer el servicio de traducción de acuerdo con la disponibilidad de traductores del lugar donde se brinde orientación.

Parágrafo 1

La atención y orientación que se preste a las víctimas será libre de todo tipo de trato discriminatorio. Con la participación del Ministerio Público, se establecerán mecanismos para que las víctimas que hayan sido afectadas por prácticas discriminatorias, en el momento de ser atendidas puedan denunciar los hechos. Se investigará y sancionará a los servidores públicos a quienes les sean comprobados tratos discriminatorios a las víctimas de que trata el presente Decreto de acuerdo con la normatividad vigente.

Parágrafo 2

Para prevenir las prácticas de discriminación en la atención y orientación a las víctimas de que trata el presente Decreto, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Cultura desarrollarán campañas de sensibilización en enfoque diferencial y derechos especiales del pueblo Rom para los servidores públicos de las entidades nacionales y territoriales encargadas de la atención y orientación a las víctimas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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