Micelio

Artículo 79

Decreto 94 de 1989 · Por el cual se reforma el estatuto de la capacidad sicofísica, incapacidades, invalideces e indemnizaciones del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, Soldados, Grumetes, Agentes, Alumnos de las Escuelas de Formación y personal civil del Ministerio de Defensa y la Policía Nacional

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ENFERMEDADES MENTALES. SECCION A - SICOSIS NO ORGANICAS Numeral Entidades nosológicas Indice lesión 3 - 001 Enfermedad maniaco-depresiva: a) Grado medio (con intervalos de meses) 8 b) Grado máximo (con transtornos crónicos de la personalidad) 19 3 - 002. Episodios sicóticos agudos: a) Grado medio 10 b) Grado máximo 19 3 - 003 Sicosis reactiva 5 3 -004 sicosis esquizofrénicas crónicas: a) Grado medio 18 b) Grado máximo (que requieran cuidados médicos permanentes o reclusión) 21 3 - 005 Estados paranoides: a) Grado mínimo 8 b) Grado medio 14 c) Grado máximo 21 SECCION B - SICOSIS ORGANICA Numeral Entidades nosológicas Indice lesión 3 - 015 Demencia senil después de los 65 años 19 3 - 016 Demencia presenil antes de los 65 años 21 3 - 017 Otras sicosis. Deterioro mental por lesiones cerebrales irreversibles (demencia luética, post-encefalítica, demencia post-meningítica, demencia, post-traumática, demencia, post-anóxica, demencia tóxica, metabólica, infecciosa, neoplásica, asociada, epilepsia, etc.): a) Grado mínimo 9 b) Grado medio 11 c) Grado máximo 21 SECCION C - NEUROSIS 3 - 027 Neurosis depresiva 4 3 - 028 Neurosis histérica 2 3 - 029 Neurosis obsesiva compulsiva 2 3 - 030 Neurosis hipocondriaca 2 SECCION D - REACCIONES AGUDAS AL STRESS Numeral Entidades nosológicas Indice lesión 3 - 040 Depresión reactiva: a) Grado medio 5 b) Grado máximo 14 NOTAS

1.

La evaluación definitiva de las lesiones comprendidas en este artículo, tan sólo deberá hacerse después de un largo período de observación.

2.

Deberá tenerse en cuenta su imputabilidad o no al servicio.

3.

Las clasificaciones están sujetas a revisión periódica, previos exámenes de control.

4.

Los estados pitiáticos puros e histéricos asociados a las lesiones orgánicas, traumáticas o funcionales, se clasificarán según la gravedad de las mismas.

5.

Se fijará el índice máximo únicamente en aquellos casos que requieran cuidados médicos permanentes o reclusión. GRUPO 4

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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