°. Modificase el artículo 1° del Decreto 2322 de 2010, el cual quedará así: "Artículo 1°. Plazo de otorgamiento de las garantías para los bonos hipotecarios para financiar cartera VIS subsidiable y para títulos emitidos en procesos de titularización de cartera VIS subsidiable. Las garantías a que se refiere el artículo 30 de la Ley 546 de 1999 y el Decreto 2782 de 2001 se otorgarán a los bonos hipotecarios para financiar cartera VIS subsidiable emitidos por los establecimientos de crédito y a los títulos emitidos en procesos de titularización de cartera VIS subsidiable originada por los establecimientos de crédito, que se emitan hasta el 31 de diciembre de 2014".
Decreto 2711 de 2012 →Vigente
Artículo 1
Modificase El Artículo 1° Del Decreto 2322 De 2010, El Cual Quedará Así: "artículo 1°
Decreto 2711 de 2012 · por el cual se modifica el plazo establecido en el artículo 1° del Decreto 2322 de 2010
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.