Suspéndese El Artículo 29 De La Ley 105 De 1927, Y En Consecuencia Los Bancos Y Las Compañías De Seguros Podrán Ser Gravados Con Impuesto De Industria Y Comercio Por Los Respectivos Municipios
Decreto 58 de 1955 · Por el cual se dictan disposiciones sobre impuesto de industria y comercio
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. Suspéndese el artículo 29 de la Ley 105 de 1927, y en consecuencia los Bancos y las Compañías de Seguros podrán ser gravados con impuesto de industria y comercio por los respectivos Municipios.
Parágrafo
Las tarifas de este gravamen para dichas instituciones deberán ser aprobadas por el Gobernador del Departamento, cuando no hayan sido fijadas por los Consejos Administrativos.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.