De la partida asignada en el Capítulo 205, artículo 2329 del Presupuesto de la vigencia en curso, "para construcción de edificios en las Dependencias de la Sección de Caza, Piscicultura y Pesquerías, en el país, en el año", hácese la siguiente distribución:
Capítulo 205, artículo 2329 - Ordinal 1°.
Segundo aporte para la construcción, dentro del terreno cedido al efecto por el Municipio de Buga, de una edificación para la Estación Piscícola Nacional en dicha ciudad, con sujeción a los planos y especificaciones suministrados por el Ministerio de Agricultura, $ 30.000.00.
Esta suma será girada al Contador-Pagador de la Zona Agropecuaria del Valle del Cauca, y el Ministerio de Agricultura, por medio de resoluciones, reglamentará su inversión.