Micelio

Artículo 43

Ley 32 de 1907 · Sobre división territorial judicial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Circuitos del Distrito Judicial de Tundaza quedan integrados con los Municipios que á continuación se expresan:

El de Arauca (territorio del Meta), compuesto de los Municipios de Arauquita, Cravo y Arauca, que será su cabecera;

El de Casanare; compuesto de los Municipios de Chire, Marroquín, Moreno, Pore, Parroquia, Samacá, Támara, Ten, Tame y Nunchía, que será su cabecera;

El de Gutiérrez, compuesto de los Municipios de Capilla del Cocuy, Chiscas, Chita, Espino, Guacamayas, Güicán, Panqueba, Salina de Chita y Cocuy, que será su cabecera;

El de Norte, compuesto de los Municipios de Boavita, Covarachia, Jericó, La Paz, Sátivanorte, Sátivasur, Socotá, Susacón, Tutasá, Uvita y Soatá, que será su cabecera;

El de Orocué, (territorio del Meta), compuesto de los Municipios de Maní, Santa Elena, Trinidad y Orocué, que será su cabecera;

El de Sugamuxy, compuesto de los Municipios de Cuítiva, Chimezanorte, Firavitoba, Gámeza, Iza, Labranzagrande Magua, Monguí, Morcote, Paya, Pesca, Pisba, Pajarito, Puebloviejo, Recetor, Zapatota, Tópaga, Tota, Tivasosa y Sogamoso, que será su cabecera;

El de Tundama, compuesto de los Municipios de Belén, Betéitiva, Busbanzá, Cerinza, Corrales, Duitama, Floresta, Nobsa, Paipa, Socha, Tasco y Santa Rosa, que será su cabecera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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