Micelio

Artículo 143

Término Para Expedir La Licencia Sanitaria De Funcionamiento

Decreto 2437 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 9ª de 1979, en cuanto a Producción, Procesamiento, Transporte y Comercialización de la Leche

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Término para expedir la licencia sanitaria de funcionamiento . Las autoridades sanitarias dispondrán de un (1) mes para expedir la licencia sanitaria de funcionamiento, contado a partir de la fecha de entrega de los documentos que acrediten los requisitos exigidos en el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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