Micelio

Artículo 13

Ley 2195 de 2022 · Por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Entidades con acceso al registro único de beneficiarios finales. Se permite y garantiza el acceso al Registro Único de Beneficiarios Finales únicamente a las siguientes entidades que en cumplimiento de sus funciones legales y Constitucionales ejerzan inspección, vigilancia y controlo tengan funciones de investigación fiscal o disciplinarias u orientadas a combatir el lavado de activos, financiación del terrorismo, soborno trasnacional, conglomerados e intervención por captación no autorizada:

1.

Contraloría General de la República.

2.

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

3.

Fiscalía General de la Nación.

4.

Superintendencia de Sociedades de Colombia.

5.

Superintendencia Financiera de Colombia.

6.

Procuraduría General de la Nación.

7.

Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF).

SISTEMAS DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN, ARTICULACIÓN Y COLABORACIÓN PARA LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2195 de 2022