Micelio

Artículo 5

Decreto 101 de 1874 · En ejecución de la lei 4° del mismo año

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 5.º Los alumnos que vayan a ser recibidos en la Universidad de acuerdo con las prescripciones de este decreto, serán sometidos, antes de ser dados de alta en las Escuelas donde deban matricularse, a un exámen de veinte minutos sobre cada una de las materias cuyo conocimiento se exije para cursar en la Escuela de Literatura i Filosofía. Presidirá el exámen el Rector de esta Escuela, i lo practicarán tres catedráticos en ejercicio, que el mismo Rector nombrará. Si el alumno resultare aprobado, se le dará de alta en la Universidad: en caso contrario, el que presida el acto dará cuenta del resaltado al Poder Ejecutivo, para que declare vacante la beca i haga convocar a nueva oposicion.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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