Micelio

Artículo 2.2.1.14.3.4

Apoyo Institucional Al Cumplimiento De La Ejecución De Los Servicios De Utilidad Pública

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Apoyo institucional al cumplimiento de la ejecución de los servicios de utilidad pública. El control al cumplimiento de la ejecución de los servicios de utilidad pública está a cargo de los jueces de ejecución de penas y medidas de seguridad, conforme a lo señalado por el artículo 38 del Código de Procedimiento Penal y el artículo 51 de la Ley 65 de 1993, en concordancia con el artículo 38L del Código Penal.

Sin perjuicio de la labor de control del cumplimiento de la ejecución del servicio de utilidad pública, el grupo interdisciplinar del que trata el artículo 2.2.1.14.3.3., con apoyo del Ministerio de Justicia y del Derecho, las direcciones regionales del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, las Casas Libertad a nivel nacional podrán realizar, las siguientes actividades:

a)

Recaudar la información relevante para el seguimiento a la ejecución del sustitu­to de servicios de utilidad pública.

b)

Las demás que se requieran para una adecuada implementación de los servicios de utilidad pública.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1069 de 2015