Micelio

Artículo 5

De La Ley 51 De 1944

Decreto 2375 de 1957 · Por el cual se delega una facultad del Gobierno a los Municipios de las ciudades capitales de los Departamentos de la República

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . En los mismos términos y condiciones establecidas por el Decreto legislativo número 1603 de 10 de julio de 1952, deléganse al Distrito Especial de Bogotá y a los Municipios en donde se encuentran ubicadas ciudades capitales de Departamentos, la facultad del Gobierno consagrada en el artículo 5º de la Ley 51 de 1944.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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