Micelio

Artículo 18

Decreto 321 de 1994 · por medio del cual se reglamenta la expedición de pasaportes ordinarios, fronterizos, provisionales, y se dictan otras disposiciones sobre la materia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los menores adoptados, además de los requisitos señalados en el artículo anterior deberán acompañar fotocopia autenticada de la sentencia de adopción con constancia de ejecutoria. Para los menores de siete (7) años cuyo padre adoptante sea extranjero este deberá presentar el pasaporte vigente y adjuntar fotocopia autenticada del mismo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 321 de 1994