º. En los contratos que celebre el Gobierno sobre administración de bienes de la Nación o recaudos de rentas pertenecientes al erario, o en los de prórroga o renovación de los mismos, debe estipularse expresamente que el contratista queda sujeto a la reglamentación del control fiscal que dicte la Contraloría General de la República, requisito sin el cual tales contratos serán absolutamente nulos.
Decreto 1060 de 1960 →Vigente
Artículo 4
º
Decreto 1060 de 1960 · Por el cual se reglamenta la Ley 151 de 1959, "sobre empresas y establecimientos públicos descentralizados
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.