Micelio

Artículo 1

Decreto 829 de 1999 · por el cual se aprueba la enajenacion y se adopta el programa de venta de las acciones que la Empresa Colombiana de Petroleos, Ecopetrol, Explotaciones Eondor S. A. (en liquidacion) y la sucursal en Colombia (en liquidacion) de South American Gulf Oil Company poseen en la sociedad Compañia Colombiana de Gas S. A., Colgas, E. S. P.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Aprobación del Programa de Enajenación. Apruébase el Programa de Enajenación de los doce millones doscientas sesenta y siete mil cuatrocientas once (12.267.411) acciones ordinarias que la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol, Explotaciones Cóndor S. A. (en liquidación) y la sucursal en Colombia (en liquidación) de South American Gulf Oil Company, entidades descentralizadas del orden nacional vinculadas al Ministerio de Minas y Energía, poseen en la Compañía Colombiana de Gas S. A., Colgas, ESP, domiciliada en la ciudad de Santa Fe de Bogotá, D. C., equivalentes al 16.21% del total de las acciones en circulación de la citada sociedad, programa que se adelantará de conformidad con los términos y condiciones contenidos en los artículos siguientes del presente decreto. De la cantidad de acciones antes indicada, la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol, es propietaria de cinco millones setecientas ochenta y cinco mil ochocientas veintiséis (5.785. 826) acciones, que representan el 7.65% del capital social; la sociedad Explotaciones Cóndor S. A. (en liquidación) es propietaria de tres millones doscientas cuarenta mil setecientas noventa y tres (3.240.793) acciones, que representan el 4.28% del capital social; y la sucursal en Colombia (en liquidación) de South American Gulf Oil Company es propietaria de tres millones doscientas cuarenta mil setecientas noventa y dos (3.240.792) acciones, que representan el 4.28% del citado capital social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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