Micelio

Artículo 1

Decreto 829 de 1999 · por el cual se aprueba la enajenacion y se adopta el programa de venta de las acciones que la Empresa Colombiana de Petroleos, Ecopetrol, Explotaciones Eondor S. A. (en liquidacion) y la sucursal en Colombia (en liquidacion) de South American Gulf Oil Company poseen en la sociedad Compañia Colombiana de Gas S. A., Colgas, E. S. P.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Aprobación del Programa de Enajenación. Apruébase el Programa de Enajenación de los doce millones doscientas sesenta y siete mil cuatrocientas once (12.267.411) acciones ordinarias que la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol, Explotaciones Cóndor S. A. (en liquidación) y la sucursal en Colombia (en liquidación) de South American Gulf Oil Company, entidades descentralizadas del orden nacional vinculadas al Ministerio de Minas y Energía, poseen en la Compañía Colombiana de Gas S. A., Colgas, ESP, domiciliada en la ciudad de Santa Fe de Bogotá, D. C., equivalentes al 16.21% del total de las acciones en circulación de la citada sociedad, programa que se adelantará de conformidad con los términos y condiciones contenidos en los artículos siguientes del presente decreto. De la cantidad de acciones antes indicada, la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol, es propietaria de cinco millones setecientas ochenta y cinco mil ochocientas veintiséis (5.785. 826) acciones, que representan el 7.65% del capital social; la sociedad Explotaciones Cóndor S. A. (en liquidación) es propietaria de tres millones doscientas cuarenta mil setecientas noventa y tres (3.240.793) acciones, que representan el 4.28% del capital social; y la sucursal en Colombia (en liquidación) de South American Gulf Oil Company es propietaria de tres millones doscientas cuarenta mil setecientas noventa y dos (3.240.792) acciones, que representan el 4.28% del citado capital social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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