Micelio

Artículo 41

Modifíquense Los Numerales 4 Y 7 Y Adiciónese El Numeral 9 Del Artículo 128 Del Decreto Número 2147 De 2016, Los Cuales Quedarán Así: “4

Decreto 659 de 2018 · por el cual se modifican los Decretos 2685 de 1999 y 2147 de 2016.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifíquense los numerales 4 y 7 y adiciónese el numeral 9 del artículo 128 del Decreto número 2147 de 2016, los cuales quedarán así: “4. Obtener y presentar documentos que no correspondan a la operación de comercio exterior de que se trate, por no ser los originalmente expedidos o se encuentren adulterados”. “7. No ingresar a la zona franca las mercancías recibidas de un depósito, puerto, transportador internacional o agente de carga internacional, según lo establecido en los artículos 95, 96, el

Parágrafo 1

del artículo 100, el

Parágrafo 2

del artículo 102 y los

Parágrafo

s 1° y 2 del artículo 109 del presente Decreto, según corresponda”. “9. No sacar al resto del mundo las mercancías sobre las cuales se autorizó la salida de la mano del viajero, en los términos del artículo 96 del presente Decreto”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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