Micelio

Artículo 2

Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

Decreto 2282 de 1973 · Por el cual se hacen unas distribuciones en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1973 (Ministerio de Educación Nacional), por la suma de $ 23.500.000

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Bogotá, D. E., 9 de noviembre de 1973. MISAEL PASTRANA BORRERO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Echavarría.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2282 de 1973