Autorízase al Gobierno Nacional para que ceda a la Cooperativa Santander-Militares en Retiro Limitada "Coosamir", entidad con personería jurídica en virtud de Resolución número 863 de 1951, originaria del Ministerio de Fomento, el usufructo del lote de terreno que forma parte de uno de mayor cabida, de propiedad de la Nación, y destinado al uso del Batallón de Infantería Ricaurte, número 14, de Bucaramanga, con las siguientes características: El predio del cual se desmembra en la ciudad de Bucaramanga está distinguido con el número catastral 4217, y fue adquirido por la Nación, por prescripción de más de treinta años, conforme a las Leyes 72 de 1915 y 18 de 1921, y de acuerdo con la transacción celebrada en Londres con la Compañía inglesa The Creant Central Railway of Colombia Ltda., y según consta en las escrituras públicas números 502 del 22 de febrero de 1958 y 233 del 29 de enero de 1962, ambas de la Notaría Segunda de Bucaramanga. El globo cuyo usufructo se autoriza, tiene una extensión de diez mil trescientos quince (10.315 ) metros, y está comprendido dentro de los siguientes linderos: Por el Norte, en noventa y cinco (95) metros, con la Avenida Quebrada Seca; por el Sur, en treinta (30) metros, con propiedades de José Martínez; por el Oriente, en doscientos diez (210) metros, con la carretera que de Bucaramanga conduce a Pamplona; y por el Occidente, en sesenta y dos (62 ) metros con la Fábrica de Gaseosas Postobón, y en setenta (70) metros con la carrera 33-A.
Ley 14 de 1966 →Vigente
Artículo 1
Ley 14 de 1966 · por la cual se autoriza al Gobierno Nacional para constituír usufructo sobre un terreno a la Cooperativa Santander-Militares en Retiro Limitada "Coosamir", y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.