Artículo sexto. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y deroga las dispociones que le sean contrarias. Comuníquese y publíquese.
Decreto 531 de 1971 →Vigente
Artículo 6
Decreto 531 de 1971 · Por el cual se introducen algunas modificaciones al Decreto-ley 900 de 1970, sobre División Territorial Judicial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.