Micelio

Artículo 129

Derogado

Ley 201 de 1995 · Por la cual se establece la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y se dictan otras disposicionesVigente Parcial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

La Sección de Contabilidad tendrá las siguientes funciones: a) Llevar la contabilidad general de la entidad, tanto de fondos como de bienes, conforme a las normas establecidas; b) Elaborar los balances y estados financieros de las operaciones efectuadas por la Procuraduría General de la Nación; c) Efectuar la imputación contable de las cuentas relacionadas con las obligaciones adquiridas por la entidad; d) Elaborar las conciliaciones bancarias; e) Incorporar a la contabilidad general los informes contables de las dependencias fuera de Santafé de Bogotá; f) Adoptar adicionalmente el Sistema de Contabilidad por Centros de Costos; g) Preparar análisis periódicos de los estados financieros y hacer las proyecciones con base en los mismos para su presentación a la División Financiera; h) Presentar a la Contraloría General de la República y a la Dirección General de la Contabilidad Pública del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los balances y estados financieros de la Entidad; i) Recepcionar, revisar, liquidar y tramitar las cuentas que presenten los acreedores de la entidad; j) Las demás que sean asignadas por ley y/o resolución motivada del Procurador General, que estén acorde con la naturaleza de las funciones de la División. Vigente desde: 28/07/1995 y hasta el: 21/02/2000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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