Micelio

Artículo 2

Ley 1536 de 2012 · por la cual se rinde honores a Gloria Valencia de Castaño por su aporte al medioambiente y a los medios de comunicación y se establece un mecanismo de financiación de parques nacionales naturales y conservación de bosques naturales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional y el Congreso de la República de Colombia deberán rendir honores a la memoria de Gloria Valencia de Castaño, en acto especial y protocolario, cuya fecha y hora será programada por la Mesa Directiva del honorable Senado de la República, en donde se trasladará una delegación integrada por los señores(as) Ministros(as) de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, de Cultura, de Ambiente y miembros del honorable Congreso de la República, designados por la Presidencia del Congreso, con invitación al señor Presidente de la República.

En dicho acto se hará entrega de una copia de la presente ley en Nota de Estilo a su familia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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