ARTICULO 4o . El Centro de Exposiciones y Convenciones de Medellín S.A., como responsable de la Zona Franca Transitoria, tendrá a su cargo dirigir, denominar, programar, promocionar y coordinar la celebración de cada certamen bajo su administración, con sujeción a las siguientes prescripciones
La programación general, las variaciones a ésta y cada proyecto de evento deberá informarse al Ministerio de Desarrollo Económico.
El Centro de Exposiciones y Convenciones de Medellín S.A., solicitará con la debida antelación, a la Dirección General de Aduana la expedición de la Resolución reglamentaria de todos los aspectos aduaneros para la celebración de cada evento, de conformidad con lo dispuesto en este Decreto y con la programación aprobada por la Junta Directiva del Centro. Las solicitudes presentadas ante la Dirección General de Aduana, irán acompañadas de la correspondiente exposición de motivos en donde se explique en forma clara la finalidad de cada certamen, sus características, su duración y los períodos, antecedentes y subsiguientes al certamen ferial.