°. Secretaría General . Son funciones de la Secretaría General, las siguientes
Ejercer las funciones de Secretaría Técnica del Consejo Directivo y Académico y refrendar los actos expedidos por ellos.
Conservar y custodiar los archivos correspondientes al Consejo Directivo, al Consejo Académico y a los demás organismos de los cuales sea secretario.
Notificar, en términos legales y reglamentarios, los actos que expida el Consejo Directivo, el Consejo Académico, el Rector y los organismos de los cuales sea Secretario.
Refrendar los Acuerdos, Resoluciones y demás actos administrativos expedidos por los Consejos Directivo y Académico, y por el Rector.
Asesorar en la evaluación de las restricciones y posibilidades jurídicas para delimitar el alcance de la Institución dentro del sistema de Educación Superior.
Asesorar a la Rectoría y a las diferentes dependencias y grupos internos de trabajo de la Escuela, en los asuntos jurídicos relacionados con las competencias asignadas a cada una de ellas.
Asesorar a la Rectoría y coordinar con las demás dependencias de la Escuela el trámite y solución de los asuntos de carácter jurídico, así como conceptuar sobre la interpretación de normas legales inherentes a las funciones de la entidad y mantener la unidad doctrinaria en los actos y decisiones de la administración.
Asesorar los procesos contractuales que adelante la Entidad y apoyar a las dependencias en el desarrollo de los mismos.
Conceptuar sobre los contratos y los convenios que deba suscribir el Rector de la Escuela Tecnológica Instituto Técnico Central, teniendo en cuenta su pertinencia, la normatividad vigente y los procedimientos internos.
Coordinar las actividades inherentes al desarrollo de las diferentes elecciones propias de la Escuela Tecnológica Instituto Técnico Central según los procedimientos establecidos.
Coordinar las investigaciones de carácter disciplinario que se adelanten contra los funcionarios de la Escuela Tecnológica Instituto Técnico Central y resolverlas en primera instancia de conformidad con la Ley 734 de 2002 y demás normas complementarias.
Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.