Las violaciones a este Decreto se sancionarán con multas sucesivas de $ 1.000.00 que impondrá el Departamento Nacional del Trabajo, de acuerdo con el siguiente procedimiento
Las resoluciones y providencias que dicte el Jefe del Departamento, serán revisables por el Ministerio del ramo, y
Las que dicten los Inspectores Seccionales, Auxiliares y Visitadores, por el Jefe del Departamento Nacional del Trabajo.
Estas revisiones se efectuarán en virtud de apelación que los interesados interpongan contra las resoluciones y providencias, en el acto de la notificación de éstas o dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a tal notificación.