Unificación de los actos y hechos relativos al registro civil . La unificación de todos los hechos y actos relativos al estado civil y a la capacidad de las personas, sujetas a registro en los folios de que tratan los artículos 5o, 10, 11, 22 y 72, del Decreto Ley 1260 de 1970, se llevará a efecto por intermedio del Servicio Nacional de Inscripción, el que recibirá y procesará todos los documentos e informaciones previstos con tal fin. La unificación de que trata este artículo será obligatoria para los nacidos a partir del 12 de octubre de 1971, y voluntaria para los demás, quienes para obtenerla deberán presentar al Servicio Nacional de Inscripción los documentos necesarios expedidos por los funcionarios competentes. (Decreto 1873 de 1971, artículo 11)
Decreto 1069 de 2015 →Vigente
Artículo 2.2.6.12.1.10
Unificación De Los Actos Y Hechos Relativos Al Registro Civil
Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.