Micelio

Artículo 3

Ley 36 de 1963 · Por la cual la Nación se asocia a la celebración del 35° aniversario de la fundación de la Escuela de Ciegos y Sordomudos de Medellín

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La partida de que habla el artículo anterior se incluir de preferencia en el Presupuesto para la vigencia fiscal de 1964, pero en caso de que así no se hiciere queda autorizado el Gobierno Nacional para hacer los traslados o abrir los créditos necesarios con el fin de dar cumplimiento a lo ordenado en esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 36 de 1963