Micelio

Artículo 3112

Para Viáticos, Y ¿gastos De Transporte Del Personal Del Gabinete Del Ministro, Secretaría General Y Sus Dependencias, Cuando Viaje En Comisiones Oficiales, En La Presente Vigencia Y Anteriores $ 2

Decreto 2156 de 1957 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Fomento)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE FOMENTO. CAPITULO 310 Gabinete del Ministro y Secretaría General. 003. Del artículo 3112. Para viáticos, y ¿gastos de transporte del personal del Gabinete del Ministro, Secretaría General y sus dependencias, cuando viaje en comisiones oficiales, en la presente vigencia y anteriores $ 2.000.00 CAPITULO 312 División de Comercio Exterior y Cámaras de Comercio. 003. Del artículo 3134. Para viáticos y gastos de transporte del personal de la División de Comercio Exterior y Cámaras de Comercio y sus dependencias, cuando viaje en comisiones oficiales, en la presente vigencia y anteriores 1.000.00 CAPITULO 313 División de Propiedad Industrial. 201. Del artículo 3142. Para compra de muebles, enseres y equipo mecánico; de oficina, para la División de Propiedad Industrial y sus dependencias, en el año ..S $ 2.009.00 Del artículo 3146. Para viáticos y gastos de transporte del personal de la División de Propiedad Industrial y sus dependencias, cuando viaje en comisiones oficiales, en la presente vigencia y anteriores 3.000.00 CAPITULO 314 División de Turismo. 003. Del artículo 3159. Para servicios telefónico local, de alumbrado, fuerza eléctrica y acueducto, traslados y demás gastos de sostenimiento y reparación de los mismos servicios, en la presente vigencia y anteriores 500.00 00 Del artículo 3161. Para viáticos y gastos de transporte del personal de la División de Turismo y sus dependencias, cuando viaje en comisiones oficiales, en la presente vigencia y anteriores 3.000.00 CAPITULO 316 Superintendencia Nacional de Transportes. 001. Del artículo 3182. Para sueldos del personal de la Superintendencia Nacional de Transportes y sus dependencias, en el año 7.000.00 003. Del artículo 3192. Para viáticos y gastos de transporte del personal de la Superintendencia Nacional de Transportes y sus dependencias, cuando viaje en comisiones oficiales, en la presente vigencia y anteriores. 3.000.00 003. Del artículo 3194. Para la elaboración y confección de la "Patente de Servicios Públicos", en la presente vigencia y anteriores 6.000.00 Suman los contracréditos $ 27.500.00 CAPITULO 310 Gabinete del Ministro y Secretaría General . 003. Al artículo 3102. Para útiles de escritorio, formularios libros y registros de contabilidad, control, y estadística y otros usos; pastas e índices para los mismos, encuadernación y empaste, en el año $ 500.00 003. Al artículo 3103. Para compra de libros de consulta, suscripciones a periódicos y revistas nacionales y extranjeros, avisos, publicaciones oficiales del ramo legalmente autorizadas, y otros gastos similares inherentes a estos mismos servicios, en la presente vigencia y anteriores 500.00 003. Al artículo 3107. Para combustibles, lubricantes, grasas, impuestos, placas, garajes y demás gastos similares inherentes a este servicio, de los vehículos del Gabinete del Ministro y la Secretaría General, en la presente vigencia y anteriores. 1.000.00 301. Al artículo 3108. Para reparación, conservación, aseguro y repuestos, de los vehículos al servicio del Gabinete del Ministro y la Secretaría General, en la presente vigencia y anteriores 1.500.00 003. Al artículo 3110. Para aseo y desinfección, materiales y demás gastos de sostenimiento de los mismos servicios, del Gabinete del Ministro, Secretaría General y sus dependencias, en la presente vigencia y anteriores 500.00 001. Al artículo 3111. Para el pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requieran el Gabinete del Ministro, Secretaría General y sus dependencias, en la presente vigencia y anteriores 600.00 001. Al artículo 3114. Para pagar al personal del Gabinete del Ministro. Secretaría General y sus dependencias, la Prima de Navidad creada por la Ley 45 de 1945, de conformidad con el Decreto legislativo número 2501 de 1953, el reglamentario número 3239 de] mismo año, y el Decreto legislativo número 3639 de 1954, en la presente vigencia y anteriores.. 600.00 003. Al artículo 3115. Para gastos extraordinarios e imprevistos y gastos menores no contemplados en los artículos anteriores, en la presente vigencia y anteriores 4.200.00 CAPITULO 311 División de Producción Nacional . 001. Al artículo 3125. Para pagar al personal de la División de Producción Nacional y sus dependencias la Prima de Navidad creada por la Ley 45 de 1954, de conformidad con el Decreto legislativo número 2501 de 1953, el reglamentario número 3239 del mismo año, y el Decreto legislativo número 3639 de 1954, en la presente vigencia y anteriores $ 600.00 003. Al artículo 3126. Para gastos extra ordinarios e imprevistos y gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, en la presente vigencia y anteriores 3.00.00 CAPITULO 312 División de Comercio Exterior y Cámaras de Comercio. 001. Al artículo 3136. Para pagar al personal de la División de Comercio Exterior y Cámaras de Comercio y sus dependencias, la Prima de Navidad creada por la Ley 45 de 1945, de conformidad con el Decreto legislativo número 2501 de 1953, el reglamentario número 3239 del mismo año, y el Decreto legislativo número 3639 de 1954, en la presente vigencia y anteriores. ... 100.00 CAPITULO 313 División de Propiedad Industrial. 003. Al artículo 3140. Para útiles de escritorio, formularios, libros y registros de contabilidad, control, estadística y otros usos; pastas e índices para los mismos, encuadernación y empaste, confección de registros de marcas, títulos de patentes de invención y planchas, en el año. 5.000.00 301. Al artículo 3143. Para gastos de conservación, aseguro, mecánico, reparación y repuestos del equipo mecánico y mobiliario, y para reparaciones menores y adaptación de locales al servicio de la División de Propiedad Industrial y sus dependencias, en la presente vigencia y anteriores. 2.000.00 001. Al artículo 3148. Para pagar al personal de 1a División de Propiedad Industrial y sus dependencias la Prima de Navidad creada por la Ley 45 de 1945, de conformidad con el Decreto legislativo número 2501 de 1953, el reglamentario número 3239 del mismo año, y el Decreto legislativo número 3639 de 1954, en la presente vigencia y anteriores 400.00 CAPITULO. 314 División de Turismo. 003. Al artículo 3157. Para combustibles, lubricantes, grasas, impuestos, placas, garajes, y demás gastos similares inherentes a a este servicio, de los vehículos de la División de Turismo, en la presente vigencia y anteriores. 600.00 CAPITULO 315 División Administrativa . 003. Al artículo 3174. Para combustibles, lubricantes, grasas, impuestos, placas, garajes y demás gastos similares inherentes a este servicio, de los vehículos de la División Administrativa, en la presente vigencia y anteriores 500.00 CAPITULO 316 Superintendencia Nacional de Trasportes. 001. Al artículo 3195. Para pagar al personal de la Superintendencia Nacional de Transportes y sus dependencias la Prima de Navidad creada por la Ley 45 de 1945, de conformidad con el Decreto legislativo número 2501 de 1953, el reglamentario número 3239 del mismo año, y el Decreto legislativo número 3639 de 1954, en la presenté vigencia y anteriores . 800.00 033. Al artículo 3196. Para gastos extraordinarios e imprevistos y gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, en la presente vigencia y anteriores. 800.00 Suman los créditos. 27.500.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2156 de 1957