Art. 5.° Autorízase al Gobierno para ceder al Municipio de Barranquilla, Departamento de Bolívar, las acciones que la Nación tiene en el acueducto del mismo nombre en aquella ciudad por virtud de los auxilios nacionales otorgados á la mencionada empresa.
Ley 32 de 1888 →Modificado
Artículo 5
Ley 32 de 1888 · que autoriza una cesión y ordena la ejecución de ciertas obras
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.