Micelio

Artículo 251

Ley 109 de 1922 · De Código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El que con violencias o amenazas, por dones, promesas, colusiones u otros medios fraudulentos, impida o turbe la concurrencia a las subastas o licitaciones de la administración pública, o aleje de ellas a los postores, será castigado con reclusión por dos a ocho meses, y multa de veinte a quinientos pesos.

Si el culpado es persona que según la ley, o por mandato de la autoridad, debe intervenir en las subastas o licitaciones dichas, la pena será de reclusión por ocho a cuarenta meses, y la multa de cincuenta a mil pesos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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