Artículo segundo. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal en curso, con la cantidad de treinta y un millones seiscientos cinco mil doscientos treinta y nueve pesos con un centavo ($ 31.605.239.01) moneda corriente, que se incorporará con imputación al siguiente numeral: Recursos del Balance del Tesoro. Numeral 133. Mayor producto de las rentas sobre el promedio de los cálculos presupuéstales (Decretos legislativos 00164 y 2900 de 1950) $ 31.605.239.01
Decreto 2906 de 1953 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2906 de 1953 · Por el cual se concede un auxilio y se abren unos c´reditos adicionales -suplementales y extraordinarios- al Presupuesto de la vigencia en curso (Ministerios de Guerra, de Fomento y de Obras Públicas)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.