Micelio

Artículo 114

Desahorro

Ley 2056 de 2020 · por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El desahorro de los recursos del Fondo de Ahorro y Estabilización procederá únicamente en los siguientes eventos:

1.

Disminución de los ingresos corrientes anuales del Sistema Ge­neral de Regalías en un 20% o más con respecto al año anterior.

2.

Reducciones sucesivas anuales del ingreso corriente que alcan­cen una caída de al menos el 20% frente al año previo al que empezó la caída del ingreso.

Los recursos del Fondo de Ahorro y Estabilización provenientes del desahorro estabilizarán las asignaciones de que tratan los incisos terce­ro, cuarto y quinto del artículo 361 de la Constitución Política.

En el primer año de la estabilización el monto del desahorro corres­ponderá a la diferencia entre el 74% del promedio móvil observado de los últimos seis años de los ingresos corrientes anuales del Sistema Ge­neral de Regalías, y el ingreso corriente observado en el año de la caída para las asignaciones de que tratan los incisos tercero, cuarto y quinto del artículo 361 de la Constitución Política.

En el evento en que los ingresos corrientes anuales del Sistema Ge­neral de Regalías continúen disminuyendo en los años posteriores a la primera estabilización, el monto de la estabilización para esos años se calculará atendiendo el mismo procedimiento que para el primer año y, además, dividiendo el monto del desahorro por el número de años transcurridos desde el año inicial donde se presentó la primera caída del ingreso por la que se activó el desahorro.

El Fondo de Ahorro y Estabilización estabilizará hasta el momento en que los ingresos anuales de regalías del Sistema General de Regalías vuelvan a presentar una variación positiva con respecto al año anterior o hasta cuando se agoten los recursos de este.

El Gobierno nacional reglamentará lo dispuesto en el presente ar­tículo.

Parágrafo

Sin perjuicio de lo establecido en el presente artículo, se podrán desahorrar recursos del Fondo de Ahorro y Estabilización para dar cumplimiento a lo establecido en el parágrafo 3° transitorio del ar­tículo 361 de la Constitución Política.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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