Micelio

Artículo 25

De Conformidad Con El Artículo 36 De La Ley 388 De 1997, Las Actuaciones Urbanísticas Comprenden Procedimientos De Gestión Y Formas De Ejecución Diferenciadas, Que Podrán Ser Desarrolladas Por Propietarios Individuales En Forma Aislada, Caso En El Cual Se Denominará Gestión Individual O Grupos De Propietarios Asociados Voluntariamente O De Manera Obligatoria, Caso En El Cual Se Denominará Gestión Asociativa O Por Iniciativa Del Sector Público A Través De Las Entidades Competentes

Decreto 1507 de 1998 · por el cual se reglamentan las disposiciones referentes a planes parciales y a unidades de actuación urbanística contenidas en la Ley 388 de 1997.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con el artículo 36 de la Ley 388 de 1997, las actuaciones urbanísticas comprenden procedimientos de gestión y formas de ejecución diferenciadas, que podrán ser desarrolladas por propietarios individuales en forma aislada, caso en el cual se denominará gestión individual o grupos de propietarios asociados voluntariamente o de manera obligatoria, caso en el cual se denominará gestión asociativa o por iniciativa del sector público a través de las entidades competentes. Según la iniciativa, los procedimientos y forma de ejecución se desarrollarán a través de los sistemas de gestión pública, privada o mixta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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