º De conformidad con el artículo 12 del Código de Procedimiento Penal, toda persona está en obligación de denunciar ante la División de Registro de Cambios de la Superintendencia de Comercio Exterior, las violaciones al régimen de Control de Cambios que lleguen a su conocimiento.
Decreto 2900 de 1966 →Vigente
Artículo 6
De Conformidad Con El Artículo 12 Del Código De Procedimiento Penal, Toda Persona Está En Obligación De Denunciar Ante La División De Registro De Cambios De La Superintendencia De Comercio Exterior, Las Violaciones Al Régimen De Control De Cambios Que Lleguen A Su Conocimiento
Decreto 2900 de 1966 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto legislativo 2867 de 1966
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.