Micelio

Artículo 4

Ley 55 de 1968 · por la cual se crea el Instituto Universitario Surcolombiano, se precisa su naturaleza jurídica y su función educativa; se determina su organización académica, administrativa y fiscal y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Instituto Universitario Surcolombiano podrá contratar la ejecución de programas conjuntos y recibir asesoría técnica y científica de los organismos e instituciones que desarrollen actividades relacionadas con sus fines. Para tales efectos el Gobierno dispondrá lo conducente a fin de que las entidades y organismos oficiales brinden la cooperación técnica y científica a que se refiere este artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 55 de 1968