Micelio

Artículo 1

Decreto 435 de 2026 · por el cual se adicionan unos artículos a la Parte 14 del Libro 2 del Decreto número 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en relación con el manejo de la información recibida por parte de la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Gestión de la información recibida por la UIAF de otras UIF. Adiciónense los siguientes artículos a la Parte 14 del Libro 2 del Decreto número 1068 de 2015, así:

“Artículo 2.14.8. Uso de la información recibida de parte de las UIF. La información que la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) reciba por parte de otra Unidad de Inteligencia Financiera - UIF se entregará única y exclusivamente al receptor y/o autoridad autorizada por la UIF remitente.

Artículo 2.14.9. Solicitudes de información para otros receptores. En caso de que por razones de seguridad y defensa nacional, así como de garantía de los Derechos Fundamentales, los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, en el marco del cumplimiento de los lineamientos de la Ley 1621 de 2013, deba también atenderse a otro receptor, se consultará siempre de manera previa y razonada a la UIF que entrega la información, quien indicará si aprueba que su información pueda compartirse a otro destinatario, sin compartir dicha información hasta obtener la autorización de la UIF remitente.

En todo caso, se tendrá siempre en cuenta de manera prioritaria todos y cada uno de los principios internacionales sobre confidencialidad y protección de la información de inteligencia financiera, autorización previa, uso restringido y cooperación internacional.

Artículo 2.14.10. Flujo de información. La UIAF deberá garantizar que el flujo y tratamiento de la información, cumplirá con las disposiciones establecidas en los artículos 2.14.8. y 2.14.9. del presente decreto y en lo dispuesto en la Ley 1621 de 2013.”

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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