Micelio

Artículo 10

Los Fondos Que Reciba El Instituto De Fomento Industrial Se Aplicarán Por Él A Préstamos Industriales A Mediano Y A Corto Plazo Principalmente Para El Establecimiento De Nuevas, Industrias O Para La Ampliación De Las Existentes

Decreto 687 de 1967 · Por el cual se determina la inversión de reservas del Instituto Colombiano de Seguros Sociales, se crea el Bono de Valor Constante para Seguridad Social, y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los fondos que reciba el Instituto de Fomento Industrial se aplicarán por él a préstamos industriales a mediano y a corto plazo principalmente para el establecimiento de nuevas, industrias o para la ampliación de las existentes. Una parte no mayor al 40 por ciento de los fondos a que se refiere el inciso anterior podrá, quedar representada en Bonos del mismo Instituto emitidos con la garantía del Estado. Igualmente podrá el Instituto, si los fondos en su poder excedieren a sus posibilidades inmediatas de inversión, traspasar el margen excedente a. las corporaciones financieras privadas nacionales que se lo soliciten para que éstas, bajo su propia responsabilidad, otorguen préstamos de la misma naturaleza de los que contempla, este artículo. En el otorgamiento de los préstamos el Instituto tendrá en cuenta, entre otros criterios, la contribución de la respectiva industria al aumento de las oportunidades de empleo, al incremento y diversificación de las exportaciones, a una razonable y económica substitución de importaciones y a los acuerdos de complementación que se celebren para la integración Latino-Americana.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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