Modificase el articulo 18 del Decreto 3486del 9 de diciembre de 198, en el sentido de determinar que para el año de 1983, el termino previsto en el citado articulo será de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de expedición del presente Decreto y para todos los efectos legales establecidos en dicho Decreto.
Decreto 3131 de 1983 →Vigente
Artículo 1
Decreto 3131 de 1983 · por el cual se modifica el articulo 18 del Decreto 3486 de 1981 y se ordena la ampliación de un termino para decidir.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.